«La condición sexual no es determinante a la hora de elegir a
las familias 'canguro', lo que importa es que los solicitantes sean
capaces de ejercer la paternidad y de dar cariño a la criatura»,
asegura el director de Protección al Menor y Atención a la Familia
del Institut de Serveis Socials, Antonio Calvo.
El Institut de Serveis Socials (S'Institut) analiza, caso por
caso, las aptitudes de las personas que solicitan acoger
temporalmente a un niño que ha sido separado de sus padres. Se
evalúan los criterios educativos de los padres en potencia así como
sus valores y sus aptitudes generales.
De momento, ninguna pareja homosexual ha pedido hacerse cargo
de uno de estos niños, pero en caso de que se recibiera una
solicitud «no habría ningún problema», afirma Calvo.
Del mismo modo, si una persona homosexual solicita a
S'Institut el acogimiento temporal de un niño, no se le pone ningún
impedimento, siempre que se adapte al perfil exigido por los
especialistas para hacerse cargo de una criatura.
De esta manera, S'Institut, presidido por Antoni Serra,
considera que la sexualidad de una persona o de una pareja no es
determinante a la hora de concederle o no concederle un acogimiento
temporal de acuerdo con el programa de familias canguro, que se
desarrolla desde el año 2001.